{"id":28692,"date":"2025-11-22T09:59:26","date_gmt":"2025-11-22T12:59:26","guid":{"rendered":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/?p=28692"},"modified":"2025-11-22T09:59:26","modified_gmt":"2025-11-22T12:59:26","slug":"la-justicia-confirmo-el-procesamiento-de-allende-y-su-familia-por-enriquecimiento-ilicito-y-negociaciones-incompatibles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/?p=28692","title":{"rendered":"La Justicia confirm\u00f3 el procesamiento de Allende y su familia por enriquecimiento il\u00edcito y negociaciones incompatibles"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/11\/1000202608.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-28693\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal de Apelaciones de Paran\u00e1 confirm\u00f3 el procesamiento dictado por el juez de Transici\u00f3n Pablo Zoff, contra el exdiputado y titular de UPCN, Jos\u00e9 \u00c1ngel Allende, as\u00ed como su esposa, Adriana Guadalupe Satler, a su exesposa, Diana Mar\u00eda Cristina Traverso, y a su hijo Julio Alejandro Allende, por los delitos de Enriquecimiento il\u00edcito y Negociaciones incompatibles con la funci\u00f3n p\u00fablica. El primero como autor, los dem\u00e1s como part\u00edcipes necesarios. En tanto, la hija Victoria Allende hab\u00eda sido procesada como part\u00edcipe necesaria en el enriquecimiento il\u00edcito de su padre, y sobrese\u00edda del cargo de negociaciones incompatibles. <\/p>\n\n\n\n<p>Los abogados defensores Leopoldo Lambruschini y Maximiliano Rusconi hab\u00edan presentado un recurso de apelaci\u00f3n contra aquella resoluci\u00f3n, mientras que los fiscales Gonzalo Badano y Sof\u00eda Patat pidieron confirmarla. Los jueces Rafael Cotorruelo, Santiago Brugo y Alejandro Grippo finalmente rechazaron los planteos defensivos y la causa avanzar\u00e1, finalmente, luego de 13 a\u00f1os tras la denuncia period\u00edstica realizada por An\u00e1lisis en 2012. Se corri\u00f3 vista al Ministerio P\u00fablico Fiscal para que dictamine sobre la remisi\u00f3n de la causa a juicio, m\u00e1s all\u00e1 de que la defensa puede acudir ante la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n Penal de Paran\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>Los defensores pidieron que se revoque el procesamiento de la familia sindical y estatal y que se dicte el sobreseimiento de todos ellos o, en todo caso, que se les dicte la falta de m\u00e9rito. Cuestionaron que la resoluci\u00f3n se apoyara en el peritaje del contador Enrique (perito de Fiscal\u00eda), apart\u00e1ndose de las constancias de la causa y de las reglas de la sana cr\u00edtica racional. Postularon que la metodolog\u00eda del peritaje de Fiscal\u00eda era parcial, asistem\u00e1tica y carente de fundamentos t\u00e9cnicos consistentes. Sostuvieron que el informe descart\u00f3 ingresos leg\u00edtimos por motivos formales (como la ilegibilidad de documentos de hace m\u00e1s de una d\u00e9cada), omiti\u00f3 financiamientos bancarios documentados (como el cr\u00e9dito del Banco BERSA que financi\u00f3 la adquisici\u00f3n del inmueble de Azucena Villaflor), y consolid\u00f3 bienes de otros coimputados como patrimonio de Jos\u00e9 Allende sin un an\u00e1lisis patrimonial individual.Afirmaron que el procesamiento confundi\u00f3 la titularidad y el origen de los bienes, remarc\u00f3 erogaciones sin ingresos que s\u00ed estaban registrados en el expediente y criticaron que el procesamiento \u201ccarece de prueba suficiente y omite una exigencia esencial del tipo penal, que es la necesidad de que el enriquecimiento sea objetivamente apreciable en el marco del patrimonio del funcionario\u201d. <\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/11\/1000202609.webp\" alt=\"\" class=\"wp-image-28694\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, los defensores alegaron que el juez se bas\u00f3 en fundamentos aparentes, ya que Jos\u00e9 Allende, como diputado, carec\u00eda de la \u00abcompetencia funcional decisoria\u00bb para el otorgamiento de subsidios, puesto que la administraci\u00f3n de fondos correspond\u00eda a la presidencia de la C\u00e1mara de Diputados. Los fiscales contestaron el recurso, rebatiendo los agravios de la defensa y solicitando la confirmaci\u00f3n \u00edntegra del procesamiento. Destacaron que el Juez de Transici\u00f3n realiz\u00f3 una valoraci\u00f3n racional y fundada de la prueba, justificando su inclinaci\u00f3n por la pericia del contador Enrique.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de esta prueba clave, afirmaron que el m\u00e9todo del perito de Fiscal\u00eda era acertado porque requer\u00eda la justificaci\u00f3n de las declaraciones juradas mediante documentaci\u00f3n adicional (contable, bancaria, etc.), lo que permit\u00eda un \u00abmayor acercamiento a la verdad real del patrimonio\u00bb. Se\u00f1alaron que una declaraci\u00f3n jurada es una declaraci\u00f3n unilateral sujeta a verificaci\u00f3n, por lo que buscar la verdad material era atinado.Respecto al cr\u00e9dito bancario, se\u00f1alaron que el juez objet\u00f3 que el informe carec\u00eda de firma y c\u00f3digo de barras de seguimiento, y que las escrituras hipotecarias no consignaban la finalidad de abonar un cr\u00e9dito anterior, sino de destinarlo a la actividad profesional.<\/p>\n\n\n\n<p>Defendieron el criterio del perito Enrique de computar cuentas bancarias en cotitularidad al 100%, ya que se determin\u00f3 que la mayor\u00eda de los ingresos proven\u00edan de Jos\u00e9 Allende.Afirmaron que el enriquecimiento, cuantificado en $10.481.385,19 a valores hist\u00f3ricos, constituye claramente un \u00abenriquecimiento patrimonial apreciable\u00bb.Sobre las Negociaciones incompatibles, explicaron que el delito es \u00abinteresarse\u00bb, lo que implica participaci\u00f3n activa, injerencia o influencia, y no se limita a la capacidad de decisi\u00f3n final o de firma del acto administrativo. Los fiscales afirmaron que la esencia del delito radica en el conflicto de intereses generado por la intervenci\u00f3n del funcionario en raz\u00f3n de su cargo. Mencionaron que Adriana Satler, al no poseer la cualificaci\u00f3n especial de funcionaria p\u00fablica (\u00abextraneus\u00bb), es correctamente procesada como part\u00edcipe necesaria. Por \u00faltimo, desestimaron el argumento de la defensa sobre la correcta aplicaci\u00f3n de los subsidios, ya que la falta de perjuicio patrimonial para la Administraci\u00f3n P\u00fablica no desvirt\u00faa el inter\u00e9s del funcionario p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>Nuevo rev\u00e9s y m\u00e1s cerca del juicioEl Tribunal, tras analizar las posiciones, sostuvo sobre la pericia coincidi\u00f3 en que el m\u00e9todo de los peritos de la defensa y oficial, basado exclusivamente en las DDJJ cuando estas arrojaban un monto mayor sin documentaci\u00f3n respaldatoria, era cuestionable y se alejaba de la \u00abverdad real\u00bb. El m\u00e9todo de Enrique, que analiz\u00f3 la prueba de manera integral y solo comput\u00f3 los montos justificados documentalmente, permite una mayor aproximaci\u00f3n a la verdad real, seg\u00fan afirmaron los jueces.El Tribunal aval\u00f3 el m\u00e9todo del perito Enrique para determinar el concepto de consumo y gastos, basado en el an\u00e1lisis pormenorizado de los movimientos bancarios de todos los imputados, lo que se considera un m\u00e9todo con mayor acercamiento a la verdad real.Se consider\u00f3 que los argumentos de la defensa eran insuficientes para descartar el procesamiento, ya que el monto del enriquecimiento injustificado sigue siendo apreciable (m\u00e1s all\u00e1 de las discusiones sobre el cr\u00e9dito BERSA). <\/p>\n\n\n\n<p>Los magistrados sostuvieron que el car\u00e1cter apreciable del enriquecimiento se refuerza por la notoria desproporci\u00f3n existente entre los valores de adquisici\u00f3n de bienes inmuebles consignados documentalmente y los valores de tasaci\u00f3n. En un caso, el valor de compra dolarizado era solo el 12% del valor de tasaci\u00f3n.Tambi\u00e9n valoraron que hubo gastos no determinados: se asumi\u00f3 como probable la existencia de gastos no cuantificados relacionados con el mantenimiento de los numerosos equinos y los viajes al exterior del grupo familiar, lo cual refuerza el enriquecimiento il\u00edcito imputado, afirm\u00f3 el Tribunal.Adem\u00e1s, el Tribunal confirm\u00f3 \u00edntegramente el procesamiento de Allende como autor de Enriquecimiento Il\u00edcito y Negociaciones Incompatibles, y de los dem\u00e1s imputados como part\u00edcipes necesarios, al considerar que existe el grado de probabilidad requerido en esta etapa procesal para justificar la elevaci\u00f3n de los hechos a la instancia plenaria (juicio).<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: An\u00e1lisis<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal de Apelaciones de Paran&aacute; confirm&oacute; el procesamiento dictado por el juez de Transici&oacute;n Pablo Zoff, contra el exdiputado&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[36,37,34],"tags":[],"class_list":["post-28692","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias-2","category-politica","category-provinciales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/28692","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=28692"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/28692\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28695,"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/28692\/revisions\/28695"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=28692"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=28692"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/resumenprovincial.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=28692"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}